La Dirección de Ganadería es Autoridad de Aplicación de la Ley N.º 1210 y Decreto Reglamentario N.º 625/93. La Ley tiene como objetivo ser ordenador y promotor de la actividad. El Decreto Reglamentario tiene 4 grandes ejes:

  1. Crear un registro de apicultores: que cuanta con información del apicultor, cantidad de colmenas y ubicación geográfica de las mismas.

  2. Crear una mesa apícola integrado por el Estado Provincial, organismos nacionales como SENASA, INTA y UNLPam y actores de la cadena apícola.

  3. Habilitar salas de extracción, fraccionadoras y acopios

  4. Fiscalizar el cumplimiento de los registros y establecimientos industrializadores.

 

La apicultura de los años 90 estaba conformada mayoritariamente por pequeños productores que poseían entre 50 y 100 colmenas. Por lo tanto, la apicultura era secundaria en la economía personal. Luego de la crisis de los nitrofuranos (2000-2003) y las sequías de los años 2008-2010 y condiciones del mercado externo se configuró una apicultura donde predominan productores cuya actividad principal es la apícola. Éstos poseen estructura para almacenar y adecuar material apícola, medios de transporte desde carros de doble eje, camiones y montacargas para movilizar grandes cantidades de colmenas y poseen salas de extracción. Son productores más especializados en equipamiento y medios para realizar la actividad y hacer trashumancia a otras provincias o en La Pampa.

 

Datos de contacto:

Referente: Médico Veterinario Santiago Audisio

Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Tel: 02954 - 452634

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